Carta a la Interpol
México, D.F. a 9 de julio de 2009.
H. SECRETARÍA GENERAL DE LA INTERPOL.
REPRESENTANTE DE LA INTERPOL EN MÉXICO.
PRESENTE.
JORGE LUIS MORETT SÁNCHEZ y HUGO CHRISTIÁN ROSAS DE LEÓN, el primero padre de la ciudadana mexicana LUCÍA ANDREA MORETT ÁLVAREZ y el segundo en su carácter de defensor de la misma; señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos, el ubicado en la Avenida Paseo de la Reforma número 10, Torre del Caballito, piso 13, oficina 05, Colonia Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06010 en México, Distrito Federal, con correo electrónico para recibir comunicaciones hugoboss1500@yahoo.com.mx; ante Ustedes, respetuosamente, comparecemos para exponer:
Que por medio del presente escrito nos referirnos a la “CIRCULAR ROJA” librada por este Organismo Internacional, a petición del Gobierno de Colombia, en contra de LUCÍA ANDREA MORETT ÁLVAREZ, estudiante de la Universidad Nacional Autónoma de México. Mediante los siguientes argumentos y hechos que respetuosamente les exponemos, venimos a solicitarles con urgencia que la referida “circular roja” sea desechada y quede sin efectos debido a la falta de fundamentos, inconsistencias y por tratarse de un atentado contra la seguridad y la libertad de esta ciudadana mexicana que lejos de haber incurrido en conductas delictivas es precisamente víctima de las ilegales acciones del gobierno colombiano y de una persecución política.
Dicha Circular consideramos es contraria a lo dispuesto por la normatividad de esta Institución Policial, en particular el artículo 3º de su Estatuto, el cual prohíbe la intervención del Organismo por cuestiones, entre otras, de carácter político.
Conociendo, que el propósito fundamental que anima las funciones de la INTERPOL es la de colaborar con sus países miembros en el combate a las más diversas formas de delincuencia que pueden atentar contra la seguridad pública y que dicha finalidad garantista es congruente y encuentra una de sus más nítidas expresiones en lo dispuesto por el señalado artículo 3º del Estatuto, el cual a letra dice:
“Está rigurosamente prohibida a la Organización toda actividad o intervención en cuestiones o asuntos de carácter político, militar, religioso o racial.”
Las anteriores consideraciones son absolutamente relevantes para el caso de LUCÍA ANDREA MORETT ÁLVAREZ, pues ella es una perseguida política a la que se le han incoado procesos penales en México, Ecuador y Colombia sobre la base de notas periodísticas carentes de toda validez legal y no apoyados en elementos probatorios de ningún tipo y que suponen un arbitrario y constante acoso en su contra.
Es internacionalmente conocido que el 1º de marzo de 2008 el ejército colombiano perpetró un ataque militar en territorio ecuatoriano sobre un campamento de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia. Esta violación a la soberanía de la República de Ecuador fue condenada y calificada de ilegal no sólo por el gobierno mexicano sino por diversas instancias del sistema interamericano debido a las flagrantes violaciones al orden jurídico internacional cometidas por el gobierno de Colombia.
Producto de esa invasión murieron 25 personas, entre ellas cuatro mexicanos, estudiantes de la Universidad Nacional Autónoma de México y del Instituto Politécnico Nacional, resultando además gravemente herida Lucía Andrea Morett Álvarez, también estudiante de nuestra Máxima Casa de Estudios y que estuvo convaleciente en un hospital de Ecuador. Lucía padece aún secuelas sicológicas y físicas como resultado del intento de homicidio que sufrió y por las torturas, amenazas de muerte y vejaciones sexuales que padeció a manos de militares y policía colombianos, todo ello en suelo ecuatoriano. Lucía, desde el hospital en Quito reseñó ante las autoridades ecuatorianas y los medios de comunicación el horror que vivió, a raíz de ello se inició un ataque en su contra que la llevó incluso a solicitar refugio humanitario en Nicaragua donde permaneció por más de seis meses.
Tanto Lucía como los mexicanos que lamentablemente fueron asesinados no eran miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, desde luego tampoco guerrilleros o terroristas, se trataba de estudiantes cuya formación profesional los llevaba a investigar los procesos sociales y culturales de América Latina. Estando en la ciudad de Quito, en un evento sobre el pensamiento bolivariano, fueron invitados a conocer el proceso de paz que en esos momentos se estaba llevando a cabo en la región.
Debido a ello, Lucía y los otros estudiantes mexicanos, sin imaginarse lo que iba a ocurrir, llegaron circunstancialmente horas antes de que se registrara el bombardeo al referido campamento. Es importante destacar que ellos ingresaron y transitaron legalmente en Ecuador, su presencia en un campamento de las referidas fuerzas colombianas no implicaba violación de las leyes ecuatorianas. Absurdamente se ha prejuzgando sobre la línea de pensamiento o preferencias políticas de los jóvenes mexicanos, cuando lo que debe escandalizarnos es la forma atroz en la que perdieron la vida y el terrible sufrimiento por el que ahora atraviesan sus familiares. Fueron las fuerzas públicas colombianas las que ingresaron violentamente a un territorio ajeno a su jurisdicción.
No conforme con los asesinatos cometidos por el gobierno colombiano, éste pretende a través de la intervención de Interpol que se extradite a Lucía Andrea Morett Álvarez, para incoarle una causa penal, tal y como ha trascendido en diversos medios de comunicación. El organismo internacional que representan está siendo sorprendido por la petición colombiana, que oculta una persecución política como si se tratara de un asunto judicial y de seguridad pública; nada más alejado de la realidad.
Hoy Lucía, a pesar de ser víctima sobreviviente de ese ataque ilegal y de la comisión de innumerables delitos, enfrenta incomprensibles procesos judiciales, mediante los cuales los responsables de cometer delitos de lesa humanidad buscan la impunidad e invierten los papeles. Los victimarios procesan a sus víctimas incluso violando elementos básicos de los procesos judiciales. Hasta que se hizo pública la solicitud colombiana a INTERPOL el pasado 3 de julio, Lucía desconocía que había un proceso judicial en su contra en Bogotá. Ni siquiera se puede señalar la falta de un debido proceso, éste se ocultó y Lucía Morett no tuvo posibilidad alguna de defensa, lo que hace más evidente la persecución política de que es objeto y la reiterada violación a sus derechos humanos.
La acción militar colombiana no solo constituyó un agravio a la Soberanía de Ecuador y la ruptura de las relaciones diplomáticas entre estas dos naciones, también evidenció graves violaciones al derecho internacional y los derechos humanos. Ese es el contexto político-diplomático en el que se inscriben las acusaciones en contra de Lucía Morett y el trasfondo real de los procesos penal que se le han incoado. Baste citar incluso que actualmente el presidente ecuatoriano, Rafael Correa, está siendo acusado en Colombia de estar relacionado con las FARC.
En México, tanto la defensa de Lucía Morett, el poder legislativo federal, el local del D.F. y grupos numerosos de ciudadanos han manifestado la solidaridad con ella, declarado en reiteradas ocasiones que no existe ninguna prueba que señale, aún de manera indiciaria, que nuestra connacional haya cometido alguno de los delitos de los que se le acusa. Los procesos judiciales que se le siguen se han establecido con la intención de desacreditar su posible papel como testigo ante Cortes Internacionales por los hechos sucedidos en Sucumbíos.
La falta de esas pruebas obedece a una razón sumamente sencilla: Lucía no ha cometido ningún delito, por tanto, no sólo no hay ninguna prueba en su contra, sino que tampoco la habrá; en este caso, como en cualquier cuestión jurídica lo simple se reduce a lo verdadero: Lucía no ha cometido delito alguno. Cualquier jurista medianamente enterado de cuestiones procesales se escandalizaría al observar las actuaciones de los procesos iniciados en contra de Lucía y mucho más que con ellas se pretenda arribar al fincamiento de responsabilidades penales.
En estas condiciones, la falta de pruebas constituye una de las muestras contundentes de que son razones ajenas a derecho y de naturaleza absolutamente política, en las que se basan las acusaciones en contra de Lucía. Más allá de la carencia de fundamento legal de los procesos que hemos referido, en este asunto entran en operación diversas disposiciones en materia de cooperación procesal internacional, como lo son Tratados en materia de Extradición y el Estatuto de organismos internacionales como el de la Interpol. En ambas normatividades existe una constante: se prohíbe la realización de actuaciones persecutorias cuando el delito por el que se persigue a una persona tiene una naturaleza política o en el fondo del asunto subyace una persecución por motivos también políticos.
Sin calificar de nuestra parte la resolución de INTERPOL de rechazar la solicitud de un juez ecuatoriano de detener al Sr. Juan Manuel Santos, exministro de Defensa de Colombia, como responsable de los actos ilegales generados por la invasión colombiana a Ecuador, por considerar que no procede por tratarse de cuestiones políticas, no comprenderíamos que a Lucía Morett, sobreviviente de esos hechos, se le diera un tratamiento diferente por parte de INTERPOL.
Son estas las razones que llevan a sostener que Lucía debe ser tratada como víctima de brutales violaciones a sus derechos humanos y como testigo de una violación flagrante a la soberanía del Estado Ecuatoriano, pero además, y esta es una de las cuestiones más destacadas: no existe ninguna razón para perseguir a Lucía por ninguno de los delitos que se le imputan en el Ecuador, México o en Colombia; terrible precedente se sentaría para el orden jurídico internacional si las víctimas de Sucumbios son criminalizadas con su persecución y por el contrario se cubre con la ignominia de la impunidad a los ejecutores del agravio al pueblo ecuatoriano con el bombardeo de marzo de 2008.
Reiteramos, la solicitud del gobierno colombiano para capturar a Lucía se ha realizado sorprendiendo a este Organismo Internacional y a los principios rectores que rigen la actuación del mismo. En consecuencia y dada la naturaleza política de la petición colombiana, insistimos en la revocación de la Circular Roja y que la misma quede sin efecto legal alguno.
ATENTAMENTE.
DR. JORGE LUIS MORETT SÁNCHEZ LIC. HUGO CHRISTIAN ROSAS DE LEÓN.
Ccp. Lic. Felipe Calderón Hinojosa. Presidente de los Estados Unidos Mexicanos
Ccp. Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
Ccp Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República.
Ccp Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados.
Ccp Embajadora Patricia Espinoza, Secretaria de Relaciones Exteriores.
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